Alérgenos en la carta del restaurante: lo que exige la ley en España

Declarar los alérgenos no es opcional: el Reglamento europeo 1169/2011, aplicado en España por el Real Decreto 126/2015, obliga a todos los establecimientos que sirven comida a informar sobre los alérgenos presentes en cada plato. Incumplirlo puede suponer sanciones y, mucho peor, un riesgo real para tus clientes.

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria

  1. Cereales con gluten
  2. Crustáceos
  3. Huevos
  4. Pescado
  5. Cacahuetes
  6. Soja
  7. Leche y derivados (incluida la lactosa)
  8. Frutos de cáscara (almendras, nueces, avellanas…)
  9. Apio
  10. Mostaza
  11. Granos de sésamo
  12. Dióxido de azufre y sulfitos
  13. Altramuces
  14. Moluscos

Cómo cumplir la normativa

La ley exige que la información esté disponible y accesible antes de que el cliente pida. En la práctica tienes tres vías:

  • En la propia carta: iconos o códigos junto a cada plato. Es la opción más clara para el cliente.
  • Documento aparte: una ficha de alérgenos que el personal entrega si se solicita. Cumple, pero añade fricción.
  • Información oral: permitida solo si hay un cartel que indique dónde pedirla y el personal está formado. Es la más arriesgada: un error de memoria es una infracción (y un peligro).

Errores que se siguen viendo

  • Cartas que dicen "consulte al personal" sin ficha de respaldo.
  • Alérgenos declarados en la carta de sala pero no en la de la terraza o en la web.
  • Platos que cambian de receta sin actualizar la declaración.

La forma fácil: alérgenos siempre al día

Si tu carta es digital, los alérgenos viven junto a cada plato y se actualizan una sola vez para todos los canales: mesa, web y reparto. Con Tastely marcas los alérgenos de cada plato al crearlo y tu carta cumple la normativa desde el primer día.